Desde el Catamarca Golf Club (CGC) dieron a conocer el REGLAMENTO PARA LOS JUGADORES DE LA CATEGORIA PROMOCIONAL, elaborado por su COMISION DE HANDICAP, vigente desde el 01/10/2009, y aprobado en forma retroactiva por reunión de comisión directiva del 27/10/2009.
A efectos de clarificar la situación de los jugadores que participan en torneos del club en la categoría promocional, esta Comisión de Handicap, por mandato expreso de la Comisión Directiva de la Institución ha resuelto lo siguiente:
1) SOCIOS DEL CATAMARCA GOLF CLUB:
Los socios podrán mantener la categoría promocional hasta completar un total de ocho (8 tarjetas), en un plazo máximo de sesenta (60) días. Las tarjetas podrán obtenerse a través de la participación en torneos del club o mediante recorridos completos del campo de golf, siendo requisito fundamental que sean marcadas por un socio con handicap nacional y refrendadas por autoridades de cancha y/o comisión de handicap.
Con posterioridad a la presentación de las tarjetas mencionadas, tendrán un plazo máximo e improrrogable de treinta (30) días para solicitar su matricula nacional.
Cumplido este último plazo sin realizar la tramitación del handicap, el jugador no podrá participar de los torneos del club hasta tanto regularice su situación.
2) NO SOCIOS DEL CATAMARCA GOLF CLUB:
Los jugadores no socios, a efectos de su participación en los torneos del club, podrán mantener la categoría promocional hasta completar un total de cinco (5) tarjetas.
Las tarjetas podrán obtenerse a través de la participación en torneos del club o mediante recorridos completos del campo de golf, siendo requisito fundamental que sean marcadas por un socio con handicap nacional y refrendadas por autoridades de cancha y/o comisión de handicap.
Cumplido lo dispuesto anteriormente el jugador no podrá seguir participando en los torneos del club hasta tanto acredite la obtención de su matricula nacional, tramitada a través de su club de opción.
3) HANDICAP POR APRECIACION:
La Comisión de Handicap, a efectos de permitir la participación de estos jugadores en los torneos del club, establecerá el handicap provisorio inicial y sus modificaciones posteriores conforme los scores obtenidos de las tarjetas presentadas, según las situaciones explicadas en los apartados 1) y 2) del presente reglamento. Para los jugadores que a la fecha del presente hubieren iniciado la tramitación de la matricula nacional, les será de aplicación lo dispuesto en este apartado.
4) VIGENCIA:
La presente reglamentación entrará en vigencia a partir del 01 de Octubre del 2009, para lo cual serán consideradas las tarjetas presentadas desde esa fecha.
miércoles, 4 de noviembre de 2009
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